REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2008-000158

En el día de hoy, Jueves quince (15) de Abril del año Dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la lectura del dispositivo de la sentencia, con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALESY OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por los ciudadanos DANNY JESÚS HERNÁNDEZ, LESBIA RAMONA PADILLA, YELIBER HERNÁNDEZ PALMAR Y MARÍA BONIFACIA ORTIZ, titulares de las cédulas de identidad números 16.847.129, 7.912.459, 15.483.557 y 11.278.653, respectivamente, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA VA-CO 229 R.S., y solidariamente a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO YARACUY y la FUNDACIÓN SOLIDARIDAD. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran los actores DANNY JESÚS HERNÁNDEZ, YELIBER HERNÁNDEZ PALMAR Y MARÍA BONIFACIA ORTIZ, titulares de las cédulas de identidad números 16.847.129, 15.483.557 y 11.278.653, respectivamente representados por su apoderada judicial YASNERIS MUJICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 106.263. Asimismo se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada representada por el profesional del derecho JOSE LUIS OJEDA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.594. De igual manera se encuentra presente la representación de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, el abogado CARLOS CAMACARO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 114.393. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria abogada GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ y el Alguacil JOSÉ GONZALEZ por lo que se da inicio a la presente audiencia.--------------------------------------------
Seguidamente, el ciudadano Juez, pasa a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión COBRO DE PRESTACIONES SOCIALESY OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por los ciudadanos DANNY JESÚS HERNÁNDEZ, LESBIA RAMONA PADILLA, YELIBER HERNÁNDEZ PALMAR Y MARÍA BONIFACIA ORTIZ, titulares de las cédulas de identidad números 16.847.129, 7.912.459, 15.483.557 y 11.278.653, respectivamente, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA VA-CO 229 R.S., y solidariamente a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO YARACUY y la FUNDACIÓN SOLIDARIDAD, SEGUNDO: SE CONDENA a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA VA-CO 229 R.S., y solidariamente a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO YARACUY y la FUNDACIÓN SOLIDARIDAD, al pago de conceptos y cantidades que se indicarán en el texto integro de la sentencia, siempre que no sean contrarios a derecho TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTA a la parte demandada POR NO HABER RESULTADO TOTALMENTE VENCIDA. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.-------------------------------
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-------
El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio;

ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO

LOS DEMANDANTES: POR LA DEMANDADA:

DANNY JESÚS HERNÁNDEZ, Abg. JOSE LUIS OJEDA


YELIBER HERNÁNDEZ PALMAR

MARÍA BONIFACIA ORTIZ,


APODERADA JUDICIAL DE LOS ACTORES: POR LA PROCURADURIA GENERAL


ABG. YASNERIS MUJICA DEL ESTADO YARACUY:

ABG. CARLOS CAMACARO

LA SECRETARIA:

Abg. GRECIA KORALIA VERASTEGU ALVAREZ
EL ALGUACIL:

JOSE GONZALEZ

ASUNTO: UP11-L-2008-000158
PIEZA DOS (02)
CMFG/veragrek*