República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Guama: Viernes, seis(06) de agosto del año 2010.
AÑOS: 200º y 151º
El presente procedimiento de Desalojo y Canon de Arrendamiento, se inicia ante este Juzgado mediante solicitud presentada por la ciudadana DILCIA ISABEL ARTEAGA, titular de la cédula de identidad Nº 12.080.250, asistida por los Abgs HUMBERTO MONSERRAT DIAZ Y PAULA X. QUIROZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 74.106 y 74.396 contra el ciudadano EDUAR ALEJOS, titular de la cédula de identidad Nº 13.315.847.
En virtud que la presente causa fue terminada mediante Sentencia de Homologación de fecha 16 de diciembre del año 2009 y vista la diligencia presentada por la parte actora, este Juzgado ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Asi mismo se ordena certificar por Secretaría a efectum videndi, las copias fotostaticas que rielan a los folios 05 al 12 (ambos inclusive) para ser agregadas al expediente y devolver los originales a la parte solicitante.
Tómese razón en el Libro Diario y cúmplase con lo ordenado. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en Guama, a los seis (06) dias del mes de agosto del año Dos Mil Diez. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez Provisorio,
El Secretario,
Abg. Ligia Ode Silveira.
Abg. Juan Carlos. Santos A.
En esta misma fecha, siendo las 02:00 p.m. se publicó la anterior sentencia.
El Secretario,
Abg. Juan Carlos Santos A.
LOS/Jcsa/maría.
Exp N° 732/09.
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