REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 03 de Agosto del 2010
Años: 200° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: YSMARY JOSEFINA MENDOZA LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.484.577 domiciliada al Final de la Calle 12 Con Avenida 1, Urbanización Daniel Carias de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ANA GICELA MENDOZA LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.275.215 y domiciliado en la Calle 12 con avenida 1, Daniel Carias de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano ALCIDES GREGORIO VIÑALES SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10.374.495 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que el solicitante dice ocupar sobre un lote de terreno propio, ubicado en la Avenida 8 entre calles 6 y 7, Sector la Peñita de la Ciudad de Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en una superficie de 347,53 Mts2 con las siguientes características: un (1) techo de estructura liviana (acerolit), colocación del techo de acerolit en un área de 125,67 Mts2, construcción de pared lateral derecha en 14 Mts, construcción de pared interna de 7,10 Mts por 2,80 Mts de altura, piso de cemento, un (1) salón amplio, una (1) habitación, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar de Libarda Martínez en 17,50 ml; SUR: Avenida 8 ( su frente) en 18,05 ml; ESTE: Terreno Propiedad de Cristela Suárez de Viñales en 19,40 ml OESTE: Terreno propiedad de Acran Fawat en 19,70 ml; según se evidencia en el Documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 29 de Mayo del año 2006, bajo el N° 40, Protocolo 1ero, Tomo 04, Trimestre 2do. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1004/2010.-

El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.