REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA

GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 19 de Enero de 2010
AÑOS: 199° y 150°

Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio Nº 11-2010, de fecha 14 de Enero de 2010, procedente del Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, librado en el Expediente Civil Nº 1513-2009, relativo al Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por la Abogada INGRID CECILIA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.863, Apoderada Judicial del ciudadano ANTONIO MEJIAS, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.304.008, contra la ciudadana ANNERY GONZÁLEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.843.109. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 652/10, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GRM/vapa.-
Com. 652/10
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PAEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa, 09 de Febrero de 2010
Años: 199° Y 150°

Vista la diligencia presentada en el día de hoy, suscrita por la Abogado INGRID CECILIA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.863, donde solicita a este Tribunal suspenda la medida acordada, hasta tanto la señora ANNERY GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.843.109, parte demandada en este juicio, se compromete a entregar el Inmueble totalmente desocupado de bienes y personas, mañana Miércoles 10 de Febrero de 2010, a las 12:00 del medio día, según conversaciones y acuerdo realizado entre ambas partes, en la que el señor ANTONIO MEJIAS, parte demandante en el presente proceso, acepta dicho compromiso. En consecuencia, este Tribunal acuerda lo solicitado, así mismo acuerda no fijar la presente Comisión hasta que la parte actora solicite mediante diligencia la constitución del Tribunal para la practica de la medida, y una vez conste en autos la información, se fijará oportunidad día y hora para la practica de la misma. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,


ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,


ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE



GARM/mcgv.-
Com. No. 652/10