ASUNTO: UP11-V-2010-000360
UH06-X-2011-000015

Vista la diligencia de fecha 11 de Enero de 2011, suscrita y presentada por el Abg. CARLOS BELTRAN BARRIOS AVENDAÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el 8.215, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LISANDRO ANIBAL VALDERRAMA BUSTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 8.515.553 de este domicilio, mediante la cual solicitan el Secuestro sobre un vehiculo con las siguientes características, MODELO: LUV, TIPO: Pick Up, MARCA: Chevrolet, SERIAL DE MOTOR: 6VE1-247155, SERIAL DE CARROCERIA: 8LBTF1N660000054, COLOR: Plata, PLACAS: 3DGVAV, AÑO: 2006, certificado Nro 29848771, el cual esta a nombre del solicitante según se evidencia de Titulo de Propiedad, expedido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre, a los fines de proteger los derechos patrimoniales de la comunidad de bienes adquiridos por los conyugues VALDERRAMA-DUARTE, por tratarse de una medida asegurativa, este tribunal de conformidad con el articulo 588, Aparte Único del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 191 ordinal 3 del Código Civil decreta la siguiente Medida Preventiva de SECUESTRO sobre el vehiculo cuyas características son las siguientes, MODELO: LUV, TIPO: Pick Up, MARCA: Chevrolet, SERIAL DE MOTOR: 6VE1-247155, SERIAL DE CARROCERIA: 8LBTF1N660000054, COLOR: Plata, PLACAS: 3DGVAV, AÑO: 2006, certificado Nro 29848771, el cual se encuentra a nombre del ciudadano LISANDRO ANIBAL VALDERRAMA BUSTILLO, plenamente identificado en autos, y se encuentra en posesión de la ciudadana MARIANA JACINTA DUARTE ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 11.963.589, residenciada en la Urb. José Gregorio Hernández, calle 3, Casa Nro 20, San Carlos estado Cojedes. Fórmese cuaderno de medidas con copia certificada del presente auto. Se acuerda Comisionar suficientemente para la ejecución de la presente medida al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos para que se sirva cumplir con la misión encomendada por este tribunal a la cual se anexara copia certificada del Titulo de Propiedad del vehiculo antes indicado. Así mismo se hace saber al solicitante de la medida que correrá por su cuenta cubrir con los gastos que se generen para cancelar la depositaria que tendrá bajo su custodia el bien objeto de la presente medida.

Dada, firmada y sellada, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los veintiséis (26) días del mes de Enero de 2011. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza,

Abg. ANILEC SILVA CAMACARO
La Secretaria,

Abg. Reina Villegas



ASUNTO: UH06-X-2011-000015