PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Once (11) de Enero de 2010
199º y 150°

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-001113
PARTE ACTORA: JOSE DE LAS NIEVES VIVAS SERPA (No compareció)
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS LOS ARALES, C. A. y ANTONIO GOMEZ DE AMORIN
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YERSIRIS RUIZ Y GRACIELA ARCINIEGAS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, Once (11) de Enero de 2010, siendo las 02:00 p. m. NO comparece por ante este Tribunal a la Audiencia Preliminar, la parte Actora ciudadano JOSE DE LAS NIEVES VIVAS ZERPA, titular de la cédula de identidad No. 9.102.702, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, SI compareció la parte Demandada representada por las abogadas YERSIRIS RUIZ y GRACIELA ARCINIEGAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los No. 133.819 y 102.481, en su carácter de abogadas Apoderadas de los demandados SERVICIOS LOS ARALES, C. A. Y ANTONIO GOMEZ DE AMORIN. Se estima de conformidad el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Este Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos que las partes establecieron, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Once (11) días del mes de Enero del año 2010, Años 199° y 150°.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.

Apoderado Judicial de la Demandada


LA SECRETARIA,

Abg. AMARILYS MIESES MIESES