REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2008-000546
En el día de hoy, Jueves once (11) de Febrero del año dos mil diez (2010), siendo las nueve (09:00 A.M.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoada por el ciudadano: JOSE ISMAEL MARTINEZ, CONTRA: la EMPRESA TRANSPORTE MACHICO, C.A, ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentra presente el Apoderado Judicial del demandante de autos, Abogado en ejercicio: RUBEN DARÍO RODRIGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 90.096, y en representación de la empresa demandada sus Apoderadas Judiciales Abogadas en ejercicio: MILEXA P. LINARES TREJO y HANNY MELENDEZ GIMENEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 25.992 y 92.394 en su orden. Igualmente se dejó constancia de la presencia de los ciudadanos Paolo Di Candía, Eliese Escobar, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 11.401.874 y 10.365.955 respectivamente, quienes fueron promovidos como testigo por la parte demandada. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. MARÍA ZULEIMA GONZALEZ, el Alguacil JOSÉ GONZALEZ y la secretaria ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ.-------------------------------------------
La juez instó a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, existiendo imposibilidad de la conciliación tal como se desprendió de la manifestación de las mismas.------------------------------------------------------------------------------------------------
Posteriormente se dio inicio a la presente audiencia, ----------------------------------------------
Tomó la palabra la parte demandante a través del Abogado RUBEN DARÍO RODRIGUEZ, antes identificado, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho, en los que fundamenta su pretensión.---------------------------------------------------------------
Posteriormente, tomó la palabra por la parte demandada a través de la Abogada, MILEXA P. LINARES TREJO quien expuso sus argumentos de hechos y de derecho en los que apoya su defensa.------------------------------------------------------------------------------
Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarréplica respectivamente.-----------------------------------------------------------------------------------------
Acto seguido se dio inicio a la Evacuación de las pruebas.----------------------------------------
PARTE DEMANDANTE:-------------------------------------------------------------------
1. Cuenta individual de trabajo perteneciente a la página web del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) (f. 80 pieza N° 1): La representación judicial de la parte demandada impugnó dicha prueba por considerar que no es emanada de un órgano administrativo.------------------------------------------------------
La representación judicial de la parte demandante no insiste en la prueba, por cuanto indica que con la misma busca demostrar la relación de trabajo y la empresa lo reconoció expresamente.--------------------------------------------------------------------------------------------
2. Constancia de trabajo (f. 81 pieza N° 1), No hubo observaciones.----------------------
3. Testimonial de los ciudadanos:----------------------------------------------------------------
- Rodolfo Álvarez, Dixon Pineda, Se deja constancia que los ciudadanos antes mencionados no comparecieron a la audiencia a dar declaración alguna.--------------
PARTE DEMANDADA:---------------------------------------------------------------------------------
1. Recibos de pago de salario expedidos por la empresa accionada (f. 84 al 159 pieza 1, y folios 2 al 96 pieza 2). La representación judicial de la parte demandante no formuló observación alguna.-------------------------------------------------------------------
2. Carta de renuncia de fecha 14-8-2008 (f. 97 pieza N° 2). La representación judicial de la parte demandante alegó el vicio en el consentimiento y en consecuencia solicitó la tacha de falsedad de dicha prueba.----------------------------------------------
La representación judicial de la empresa se opone a la tacha ejercida, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.382 de código civil indicando que no será objeto de tacha, cuando exista vicio en el consentimiento.------------------------------------------------------------
3. Examen post-empleo (f. 98 pieza N° 2). La representación judicial de la parte demandante no realizó observaciones.-------------------------------------------------------
4. Participación de retiro del trabajador (forma 14-03) emanada del IVSS (f. 99 pieza N° 2). La representación judicial de la parte demandante solicitó que la misma sea desechada, alegando que es una manifestación que hace de manera unilateral la empresa, y a su criterio, no tiene validez.---------------------------------------------------
La representación judicial de la parte demandada insiste en el valor probatorio de la misma, indicando que si la empresa no tiene o no presenta la renuncia no emiten tal instrumento ya que posee un renglón donde debe ser indicada la situación del trabajador, y considera que el mismo es un documento administrativo publico que posee sello húmedo.-
La representación judicial de la parte demandante no duda del documento sino de la certeza de la información de la empresa.-------------------------------------------------------------
5. Prueba de informe dirigida al Banco Provincial, agencia Yaritagua, ubicado en Yaritagua del Estado Yaracuy. 127 al 134 pza 2: La representación judicial de la parte demandante no realizó observaciones.-----------------------------------------------
6. Testimonial de los ciudadanos:
- Paolo Di Candía (ratificación), A quien se le leyó las generales de ley, fué juramentado e interrogado por la ciudadana Juez, por la representación judicial de la parte demandada y de la parte demandante respectivamente.-----------------------
Eliese Escobar. A quien se le leyó las generales de ley, fué juramentado por la ciudadana Juez y respondió las preguntas y repreguntas formuladas por la representación judicial de la parte demandada y de la parte demandante en su orden.-------------------------------------
En este estado la ciudadana Juez, vista la TACHA promovida por la parte demandante acuerda prolongar la presente audiencia a los fines de que se tramite la incidencia planteada, en consecuencia de conformidad con el ultimo aparte del artículo 84 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se fija el lapso de dos (02) días hábiles, a partir de la presente fecha, para que las partes promuevan las pruebas que consideren pertinentes, con la advertencia de que no se admitirán en ningún otro momento. Vencido dicho lapso se procederá a fijar la oportunidad para la evacuación de las mismas.--------------------------
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.--------------------
La Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;
Abg. MARÍA ZULEIMA GONZALEZ DE GARCÍA
Por la Demandante: Por la Parte demandada
Abg. RUBEN DARÍO RODRIGUEZ, Abg. MILEXA P. LINARES TREJO HANNY
Abg. MELENDEZ GIMENEZ
TESTIGOS:
PAOLO DI CANDÍA,
ELIESE ESCOBAR
La Secretaria;
Abg. GRECIA VERASTEGUI
El Alguacil;
JOSE GONZALEZ.
MZG/veragrek*
PIEZA UNO (02)
|