REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de febrero de 2010.
199º y 150º

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2009-000437
PARTE DEMANDANTE: PEDRO JOSE RODRIGUEZ OVIEDO
REPRESENTADA POR: Abgda. YASNERIS MUJICA MARIN
PARTE DEMANDADA: IMPACTO. CONSTRUCCIONES METALICAS Y PUBLICITARIAS. C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los cuatro (04) días del mes de febrero de 2010, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y comenzar el proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano: PEDRO JOSE RODRIGUEZ OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-24.001.919, representado por la abogada: YASNERIS MUJICA MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.108.576 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.263; en CONTRA de la empresa mercantil IMPACTO. CONSTRUCCIONES METALICAS Y PUBLICITARIAS. C.A, representada por el Ciudadano JOSE LUIS RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-7.553.135.. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato y se deja expresa constancia de ello, que para este acto se encuentra presente la parte actora en la persona de su Apoderada Judicial, abogada YASNERIS MUJICA MARIN, representación que consta suficientemente en autos. Igualmente se deja constancia de que la empresa mercantil IMPACTO. CONSTRUCCIONES METALICAS Y PUBLICITARIAS. C.A; parte demandada en la presente causa se encuentra presente en la persona de su representante legal, Ciudadano JOSE LUIS RAMOS, sin estar asistido o representado por Apoderado Judicial legalmente constituido En este estado, interviene en ciudadano Juez y expone: Con vista de que la parte demandada, la empresa mercantil IMPACTO. CONSTRUCCIONES METALICAS Y PUBLICITARIAS. C.A, se encuentra presente en este acto sin estar asistido o representado por abogado, este Juzgador, con base a la Tutela Judicial Efectiva y a los fines de salvaguardar el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa que tienen las partes en el Proceso, decide suspender la celebración de la presente Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy y Diferirla para el día Viernes, 19 de febrero de 2010, a las nueve (09:00) de la mañana. A los fines de que la parte demandada concurra a la celebración de la Audiencia Preliminar asistida o representada de abogado. Finalmente el Ciudadano Juez ordeno la lectura integra de la presente acta, quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las11:40 de la mañana del mismo día, con la firma, en la presente acta, de todos los asistentes.-
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,

Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS

La Apoderada Judicial de la Parte Actora

El Representante de la Parte Demandada


La Secretaria


Abgda. NORAYDEE REVEROL VEROES