REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Felipe
San Felipe, 8 de Julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-000025
ASUNTO : UP01-P-2008-000025
Corresponde a este Tribunal a motivar conforme a los artículos 173, 177, 329, 330 todos del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión emitida durante la celebración de la audiencia de Juicio Unipersonal en la causa seguida a los ciudadanos ENGERBER JESUS OROPEZA TOVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 18.438.472, nacido en fecha 05-12-1986, natural de San Felipe, soltero, y residenciado en la Avenida 03, entre calles 4 y 5 casa de color rosada, barrio monte oscuro, Chivacoa, Estado Yaracuy y MIGUEL ANGEL PINTO VIZCAYA, indocumentado y residenciado en la avenida 03 entre calles 4 y 5, casa color azul Baarrio Monte Oscuro, Chivacoa Estado Yaracuy, mediante la cual el Tribunal Desestimó la acusación fiscal presentada por el Ministerio Público en su contra, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal. En consecuencia, decretó el Sobreseimiento de conformidad con el Articulo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal y ordenó el cese inmediato de la medida de coerción personal que pesaba en contra de los imputados.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Ahora bien, para pronunciarse el tribunal sobre la solicitud de sobreseimiento realizada por la representación fiscal, observándose que al realizar un estudio se observa que efectivamente no existen elementos de convicción que hagan presumir que los ciudadanos imputados sean los autores o participes de los hechos investigados, esto en virtud de que lo único que señala a los imputados son la declaraciones de los funcionarios policiales, por lo que no es medio suficiente que configure la fuerza de convicción que hagan presumir la autoría o participación de los imputados.
En consecuencia a juicio del tribunal y con fundamento en la norma adjetiva penal estima este juzgador que lo ajustado a derecho y con base en la facultad que le otorga la norma adjetiva penal debe ser declarado la extinción de acción penal y el sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
DISPOSITIVA
El Tribunal Primero de Juicio de la Circunscripción judicial Penal del estado Yaracuy, con sede en San Felipe, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra ENGERBER JESUS OROPEZA TOVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 18.438.472, nacido en fecha 05-12-1986, natural de San Felipe, soltero, y residenciado en la Avenida 03, entre calles 4 y 5 casa de color rosada, barrio monte oscuro, Chivacoa, Estado Yaracuy y MIGUEL ANGEL PINTO VIZCAYA, indocumentado y residenciado en la avenida 03 entre calles 4 y 5, casa color azul Baarrio Monte Oscuro, Chivacoa Estado Yaracuy, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, de conformidad con el Articulo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.- Regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese.
ABG. ROMEL ANTONIO OVIOL RODRIGUEZ
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
LA SECRETARIA
ABG. LUSMAR ROJAS ORIA
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