ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2009-001465
ASUNTO : UJ01-P-2010-000015


AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 4 de este Circuito Judicial Penal en fecha 24-02-2010, condenó al ciudadano FRANKLIN ALEXANDER MONTERO MOGOLLON Venezolano, C.I. N° 18.757.769, fecha de nacimiento 16-05-85, de 24 años de edad, estado civil soltero, residenciado en el Caserío el Guayabo, calle canta Rana, cerca del cementerio casa S/N Estado Yaracuy, por el delito de Resistencia a la autoridad y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en los artículos 277 y 218 del Código penal, por la comisión del Delito PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en le artículo 277 Y 218 del CP, y en consecuencia lo condena a cumplir la pena de DOS AÑOS CINCO MESES VEINTE DÍAS Y DOCE HORA DE PRISION; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el fue detenido en fecha 29-03-2009 hasta el 30-03-2009 por lo que se infiere que estuvo detenido solo un día, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOS (2) AÑOS CINCO (5) MESES DIECINUEVE (19) DÍAS Y DOCE HORA DE PRISION, QUE VENCE 16-01-2013 de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a partir de la presente fecha. Vista la solicitud del defensor se ordena Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que se realice el correspondiente informe Psico social al penado, así mismo se le solicita al penado la consignación de oferta de trabajo. Cúmplase.-


JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1
ABG. ESMERALDA LÓPEZ
ABG. DANIELA SILVA
SECRETARIA