ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-001175
ASUNTO : UJ01-P-2010-000026

AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 18-03-2010, condenó al ciudadano RAUL ALBERTO LOPEZ LOPEZ, venezolano, quien se identifica con la Cedula de Identidad N° 19.955.703, residenciado calle Oscar Escudero, rancho Nº 14, Sector Las Tapias, frente a una bloquera San Felipe, Estado Yaracuy, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 09 de la Ley sobre el hurto y robo de vehículos cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISION; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el fue detenido en fecha 25-04-2008 hasta el 26-04-2008 por lo que se infiere estuvo detenido solo UN ( 1) DÍA, faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (1) AÑO CINCO(5) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS, Que vence el 09-12-2011 alas 12:p.m., de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a partir de la presente fecha. Vista la solicitud del defensor se ordena Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que se realice el correspondiente informe Psico social al penado y se le designe delegado de prueba, así mismo se le solicita al penado la consignación de oferta de trabajo. Cúmplase.-

JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1 LA SECRETARIA
ABG. ESMERALDA LÓPEZ ABG. DANIELA SILVA