ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2009-002574
ASUNTO : UP01-P-2009-002574



AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 05-05-2010, condenó a la DILIANA TORRES RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.319.709, residenciada en la calle principal 27 de Febrero, casa S/N, sabana de Parra, municipio Páez del estado Yaracuy, por el delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribución de una cantidad menor, previsto y sancionado en el articulo 31 tercer aparte, cumplir la pena de DOS (2) AÑOS PRISION; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el fue detenido en fecha 21-07-2009 por lo que se infiere que lleva detenido hasta la presente fecha DIEZ (10) MESES Y DIECIOCHO (18)DÍAS, lo cual se le descontara de la pena a cumplir de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, faltándole por cumplir de la pena UN ( 1) AÑO, UN (1) MES Y DOCE (12) DÍAS, que vence el 10-07-2011. Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a partir de la presente fecha. Remítase Copia del presenta auto al penado, al fiscal Undécimo del Ministerio Público, al Defensor, de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Vista la solicitud del defensor se ordena Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que se realice el correspondiente informe Psico social al penado y se le designe delegado de prueba, así mismo se le solicita a la penada la consignación de oferta de trabajo. Cúmplase.-

JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1
ABG. ESMERALDA LÓPEZ
ABG. DANIELA SILVA
SECRETARIA