ASUNTO PRINCIPAL : UJ01-P-2002-000033
ASUNTO : UJ01-P-2002-000033

Visto que el día Lunes 07 de Junio del Año en curso este Juzgado se traslado y Constituyo en el Internado Judicial de esta Ciudad a los fines de realizar las audiencias correspondiente, siendo que la Abg. Gloria Mora, Consultora Jurídica de ese Establecimiento, solicito a la Juez Verbalmente que era necesario remitir a la Junta Rehabilitadora el Computo de la pena actualizado relacionado con el penado RAMON ANTONIO PORTILLO titulares de las cédulas de identidad N° 10.785.495, visto que se había solicitado la elaboración del acta de redención, es por lo que se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: Que el penado fue condenado a cumplir la pena QUINCE (15) AÑOS, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido la primera vez el día 14/03/2002 hasta el día 21/12/2005 cuando le otorgaron medida cautelar sustitutiva de libertad y la segunda detención es el día 10/11/2006 hasta la presente fecha 09-06-2010. Observando igualmente que se le Redime la pena en fecha 07-12-2007 por un lapso de DOS (2) AÑOS, CUATRO (4) MESES, VEINTICUATRO (24) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, para un total de tiempo detenido con Redención de NUEVE (9) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y UN (1) DÍA.
TERCERO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta CINCO (5) AÑOS, UN (1) MES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, pena que vence el día 09-7-2015.
Así mismo se evidencia que el penado puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de la siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Extinguido; REGIMEN ABIERTO: Extinguido; LIBERTAD CONDICIONAL: 08-08-2010 CONFINAMIENTO: 10-11-2011. Queda así actualizado el cómputo de pena del penado RAMON ANTONIO PORTILLO, titulares de las cédulas de identidad N° 10.785.495. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Notifíquese la presente resolución al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy, al Penado. Cúmplase.

Abg. Esmeralda López Guzmán
Juez de Ejecución N° 1
Abg. Daniela Silva
Secretaria