REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 09 de junio de 2010
200º y 151º

Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en le Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre las bienhechurias realizadas, a favor de la ciudadana KEILA NOHEMY MARQUEZ PEREZ, venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-10.486.904, teléfono 0416-2-118-246, sobre un terreno ubicado en Brisas de Propatria, Calle Gómez, Casa No. 17, Código Catastral 21-30-42-18, Parroquia Sucre, el cual forma parte de una de mayor extensión del Instituto Nacional de la Vivienda (I.N.A.V.I), según documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Inmobiliario del Municipio Libertador, en fecha 03 de octubre del año 1939, bajo los No (s). 127, Tomo (s) 5, Protocolo 1°, respectivamente. Según se evidencia del oficio No. EXT 4861, de fecha 6 de diciembre del año 2006, emanado de la Alcaldía del Municipio Libertador Dirección de Gestión Urbana, Dirección de Documentación e Información Catastral. Devuélvanse originales con sus resultas.
LA JUEZ
MARIA ROSA MARTINEZ C LA SECRETARIA
NORKA COBIS RAMIREZ
MRMC/NCR/gm.
Solicitud. No. AH11-S-2008-000274 (13061)