República Bolivariana De Venezuela

Juzgado del Municipio Bruzual De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy.
Años: 199º Y 151º



EXPEDIENTE
1601-2010


MOTIVO
RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO




SOLICITANTE:



XIAO JING ZHENG, Cédula de Identidad E- 82.000.815.


EN fecha 14 de Enero del 2010 fue presentado escrito por la ciudadana XIAO JING ZHENG, Extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-82.000.815, y de este domicilio, asistida por el Abogado EDDY DOMINGUEZ, Inpreabogado No. 62.106; en el cual solicita la RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMINIO, No. 103, Folio 304 del año 2.008, llevada por ante la Jefatura Civil del ahora Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, alegando que la misma adolece del siguiente error: Identificaron el nombre del padre del esposo de la solicitante, en el Acta de Matrimonio así: LITANG siendo lo correcto CEN LITANG, segundo: el nombre del padre de la solicitante lo identifican como YUAN TING ZHENG, siendo lo correcto : YANTING. Anexo a su libelo, Original del Acta de Matrimonio (folio 2), Original del Certificado de Nacimiento del padre del esposo de la solicitante (folio 3) y Copia fotostática del Pasaporte del padre de la solicitante (folio 4).

DE LA ADMISION DE LA DEMANDA

En fecha el 19 de Enero del año 2009, (folio 5) la solicitud fue admitida por el Abogado Efraín Ballester Acosta, Juez de este Juzgado, por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres ni alguna disposición en la Ley, acordándose librar Boleta de Notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico del Estado Yaracuy.

En fecha 09 de Febrero del año 2010, (folio 08), se recibió Boleta de notificación debidamente firmada de la Fiscal Séptima del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, agregándose al expediente.

Llegada la oportunidad de decidir lo conducente se procede a ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, previa las siguientes consideraciones:

PRIMERO: La solicitud ha sido ejercida por la ciudadana XIAO JING ZHENG, parte interesada en la presente solicitud.
SEGUNDO: Consta suficientemente de la documentación presentada conjuntamente con el escrito de solicitud, el cual cursa en los folios 01 al 04, que dicha acta de Matrimonio debe ser corregida de la forma que a continuación se expresa: Identificaron el nombre del padre del esposo de la solicitante, en el Acta de Matrimonio así: el nombre del padre del esposo de la solicitante que lo identifican como LITANG siendo lo correcto CEN LITANG, segundo: el nombre del padre de la solicitante sea corregido por: YANTING.

En merito de las razones antes expuestas y por apreciar que se encuentran llenos los extremos del articulo 773 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente este Tribunal procederá de la siguiente manera:

DECISION

Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley.

DECLARA

PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio de la ciudadana XIAO JING ZHENG, Extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-82.000.815, acta de matrimonio llevada por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy No. 103, Folio 304 del año 2.008. En tal sentido que donde aparezcan los siguiente errores sean corregidos de la manera que a continuación se expresa: LITANG, siendo lo correcto CEN LITANG y el nombre del padre de la solicitante YUAN TING ZHENG, como: YANTING.

Publíquese en la pagina Web de este Juzgado, regístrese, déjese copia Certificad de la presente Sentencia.

Líbrense Oficios al Coordinador del Registró Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y al Registrador Principal del Estado Yaracuy a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En la ciudad de Chivacoa, a los diez (10) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diez (2010).

El Juez Temporal,
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez


En la misma fecha se publico en la página Web de este Tribunal, siendo os 12:30 a.m
La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez






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