REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y
MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

AROA, 04 DE MARZO DEL 2010
AÑOS: 198° y 150°
EXP. No. : 444-10.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (con fuerza definitiva).
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN (por convenimiento) DE FIJACIÓN DE GASTOS OCASIONADOS POR EMBARAZO Y FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN AL NACER EL NIÑO.
MATERIA: PROTECCIÓN
PARTES: YUSLEIDI CAROLINA MELÉNDEZ SILVA Y YOEL ESPINOZA, con cédulas de identidad Nos. 18.877.114 y 12.286.854 respectivamente.
Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente se desprende que las partes, Ciudadanos:, han llegado a un CONVENIMIENTO de mutuo y amistoso acuerdo, relativo a los gastos médicos de la ciudadana YUSLEIDI CAROLINA MELÉNDEZ SILVA, de 27 semanas de gestación y la fijación de la Obligación de Manutención al nacer el niño, solicitando las partes la HOMOLOGACIÓN de dicho convenimiento, es por lo que este Tribunal de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda HOMOLOGAR EL CONVENIO suscrito entre las partes en sus propios términos, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado de manutención se comprometió a depositarle a la demandante de autos la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES mensuales a partir del día quince del presente mes para cubrir los gastos médicos que requiere la ciudadana YUSLEIDI CAROLINA MELÉNDEZ SILVA y aportará la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES quincenales y las cuotas extras para gastos de medicinas y asistencia médica al graduarse y recibir su sueldo real.
Tómese razón en el diario y déjese copia certificada de esta decisión para el archivo.
El Juez:

Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.-
La Secretaria:

Carmen Aída Servet de Ramones.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria:




EXP. No. 444-10