ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-003183
ASUNTO : UP01-P-2007-003183

ACTUALIZACIÓN DE COMPUTOS

Revisado las actuaciones que conforman el presente dossier relacionada con el penado WENCESLAO ANTONIO OSORIO ARIAS, titular de la cédula de identidad Nº: 18.759.203, se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
PRIMERO: El penado antes identificado fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal en fecha 28-01-2008, a cumplir la pena SEIS (6) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del ROBO DE VEHICULO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el Artículo 5 relacionado con el Artículo 6 ordinal 2° de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en concordancia con el Artículo 80 del Código Penal.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido la primera vez en fecha 20/10/2007 hasta el (04-09-2009) cuando se evade del Destacamento de Trabajo Agrícola ubicado en San Pablo Estado Yaracuy, revocándole el Beneficio, librándose requisitoria en su contra, siendo que es capturado en fecha 28-09-2009 y recluido nuevamente en el Internado Judicial permaneciendo en ese Centro hasta la presente fecha (20-05-2010).
TERCERO: Por auto de fecha 14 de Agosto de 2008 se redimió la pena por trabajo por un lapso de CUATRO (4) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
CUARTO: Ahora bien, sumando el tiempo de detención con el lapso redimido da un total de tiempo de detención de DOS (2) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTISEIS (26) DÁIS. QUINTO: Faltándole por cumplir de la pena impuesta TRES (3) AÑOS, UN (1) MES Y CUATRO (4) DÍAS pena que vence el día 25 de Junio del 2013.
QUINTO: El penado WENCESLAO ANTONIO OSORIO ARIAS, No Puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena por cuanto se le Revoco el BENEFICIO de DESTACAMENTO DE TRABAJO; solo podrá optar a la GRACIA del CONFINAMIENTO en fecha: 31-01-2012.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado WENCESLAO ANTONIO OSORIO ARIAS, titular de la cédula de identidad Nº: 18.759.203. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de ésta ciudad. Notifíquese la presente resolución al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y a la Defensa Pública del Estado Yaracuy. Notifíquese y Ofíciese lo conducente. Cúmplase.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 LA SECRETARIA

ABG. ESMERALDA LÓPEZ GUZMAN ABG. DANIELA SILVA