REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2008-000048
En el día de hoy, Viernes veintiuno (21) de Mayo del año Dos mil diez (2009), siendo las diez de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano: STALIN RAMÓN ROMERO CONTRA: ALIMENTOS LA INTEGRAL, C.A (EN LA PERSONA DE JOSÉ ANTONIO LEAL SEGURA). Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte actora ciudadano STALIN RAMÓN ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.572.761, representado en este acto por sus Apoderados Judiciales Profesionales del derecho GREIDY OJEDA Y GUIOMAR OJEDA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 122.071 90.554 en su orden. Asimismo se deja constancia de la presencia de la parte demandada, representada en este acto por su Apoderado judicial Profesional del derecho JOSE ELIAS PINTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.255. Así mismo se deja constancia de la presencia de los ciudadanos ANTONIO JOSE GRANADILLO, titulares de la cédula de identidad números 17.072.079, quien fue promovido como testigo por la parte demandante. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado MARIA ZULEIMA GONZALEZ DE GARCIA, la secretaria GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ y el Alguacil ISRAEL SCHWARZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.--------------------------------------------------------------------------------------
Seguidamente, la ciudadana juez solicitó a las partes, que informaran si habían logrado algún acuerdo concertado, dado que ese ha sido el motivo del diferimiento de las audiencias pautadas por este Tribunal.--------------------------------------------------------------
Posteriormente la ciudadana Juez, les otorgó el derecho de palabra a la representación judicial de las partes, quienes en su orden, solicitaron al Tribunal una nueva prorroga de veinte (20) días continuos, contados a partir del día de hoy exclusive, y en consecuencia el diferimiento de la presente audiencia, por cuanto persiste el interés de sostener extrajudicialmente conversaciones a fin de concretar la cantidad que equivale el 35 % de lo ofertado por la empresa demandada, esto en aras de lograr un acuerdo concertado.------------------------------------------------------------------------------------------------
En razón a la petición hecha por las partes, por no ser contraria a derecho y versar sobre la voluntad de las mismas, y en aras del uso de los medios alternativos de solución de conflictos; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia ordena DIFERIR la presente audiencia para el día VIERNES ONCE (11) DE JUNIO DEL AÑO 2.010, A LAS DIEZ (10:00 A.M.) HORAS DE LA MAÑANA, sin notificación de las partes por cuanto las mismas, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se encuentran a derecho. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.----------------------------------------------------------------------------------------
La Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;
Abg. MARIA ZULEIMA GONZALEZ DE GARCÍA
PARTE ACTORA: PARTE DEMANDADA:
STALIN RAMÓN ROMERO Abg. JOSE ELIAS PINTO
Abg. GRIDY OJEDA
GUIOMAR OJEDA
TESTIGO:
ANTONIO JOSE GRANADILLO
LA SECRETARIA,
ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ
EL ALGUACIL;
ISRAEL SCHWARZ
MZG/veragrek*
PIEZA UNO (01)
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