REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 15 de Octubre de 2010
Años: 200° y 151°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanas: OMAIRA ROSA LOPEZ y JUANA DE LA CRUZ BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidades Nros. V- 7.578.040 y V- 4.970.778 respectivamente, domiciliada la Primera en Calle Principal Palo Grande y la Segunda domiciliada en Calle Principal Caserío La Grillera Municipio Campo Elías Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: AURA CECILIA TREJO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 4.972.889, y de este domicilio; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un area de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras INTI, el cual se encuentra ubicada en el Caserio Palo Grande Parroquia Campo Elias Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno que mide UNA HECTAREA Y MEDIA (1.5 Has) con un área de construcción de DOCE POR NUEVE METROS CUADRADOS ( 12x9 Mtrs2), el cual consta de las siguientes características: Una Casa edificada en paredes de bloques de cemento frisado, Tres (3) habitaciones, Un (1) baño, una (1) sala, Un (1) comedor, Una (1) cocina. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Terreno Ocupado por Simón Trejo; SUR: Terreno ocupado por Petra Escalona ESTE: Terreno ocupado por Pascuala Lopez y OESTE: Callejón de Inocencia. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 1059/2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTI).

El Juez Temporal,

Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria

Abg. Erlen Martinez
Abg.EBA/EM/gc