REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 19 de Octubre del 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MIGUEL ANGEL PEREZ GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.111.339 domiciliado en la Avenida 3 entre Calles 17 y 18 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSE GREGORIO LOPEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.973.266 y domiciliado en la Avenida 4 entre Calles 17 y 18, de la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano ORLANDO ANTONIO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.594.817 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que el solicitante dice ocupar sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Avenida 3 con calle 17, Guatanquire 1 de la Ciudad de Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 381,27 Mts2 y un área de construcción de 84,31 Mts2, una (1) casa con las siguientes características: Forma Media Agua, paredes de bloques de cemento frisadas, techo de abesto y zinc, piso de cemento pulido, una (1) cocina, dos (2) baños, un (1) corredor, tres (3) puertas de hierros, dos (2) ventanas de hierro, un (1) garaje y cercada totalmente de bloques, con instalaciones de aguas blancas y servidas e instalaciones eléctricas y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno Supuestamente de Familia Coronel en 21,45 ml; SUR: Avenida 3 ( su frente) en 21,55 ml; ESTE: Calle 17 en 16,25 ml OESTE: Casa de Laureano Hernández en 19,40 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento N° 22 03 01 U01 101 07 06, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 19 de Septiembre del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1066/2010.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.