REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 25 de Octubre del 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GERARDA MERCEDES TORREALBA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.503.432 domiciliada en la Avenida 4 entre Calles 15 y 16, Sector Guatanquire 1 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y EDWAR RAFAEL QUERALES PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.541.023 y domiciliado en la Calle 15 entre Avenidas 4 y 5, Guatanquire 1 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA VICTORIA ALEJOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.517.117 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dicen ocupar sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Calle 15 entre Avenidas 4 y 5 de Guatanquire 1 de la Ciudad de Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 188,28 Mts2 y un área de construcción de 71,76 Mts2 con las siguientes características: una (1) casa, con las siguientes característica: paredes de bloques de cemento frisadas, techo de acerolit, piso de cemento pulido, tres (3) cuartos, una (1) sala, un (1) baño, dos (2) puertas de hierro, dos (2) ventanas, cercada totalmente de bloques, con instalaciones de aguas blancas y servidas e instalaciones eléctricas y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de David Alejo en 6,95 ml/9,07 ml; SUR: Casa de Flor Barico en 15,45 ml; ESTE: Casa de Santo Sampayo en 10,56 ml OESTE: Calle 15 (su frente) en 11,80 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento, CODIGO CATASTRAL N° 22 03 01 U01 101 20 17, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 20 de Septiembre del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1102/2010.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.