REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
CHIVACOA, 28 de Septiembre de 2010
AÑOS: 200° y 151°
Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio Nº 038, de fecha 21 de Enero de 2010, procedente del Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, relativo al Juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, signado con el Nº KP02-V-2009-2567, intentado por el Abogado en ejercicio JOSÉ JAIME GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.906.897, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7131, en su carácter de presidente de la Sociedad Mercantil “Agropecuaria Don Carlos C.A.”, contra el ciudadano RAFAEL JOSÉ GAMEZ ARROYO, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.412.522. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 691/10, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GRM/vapa.-
Com. 691/10 GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 29 de Septiembre de 2010
Año: 200° y 151°
Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal Ejecutor de Medidas fija su traslado y constitución, para la práctica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE Y EMBARGO EJECUTIVO, en la población de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, para el día Lunes 25 de Octubre de 2010, a las 9:00 de la mañana. Se designa como Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L. Notifíquesele de su designación, lugar, día y hora de la práctica de la medida, al Destacamento Nº 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una Comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales del Municipio Peña del Estado Yaracuy, al Comando de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, al Puesto de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Peña del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Peña del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GRM/vapa
COM. No. 691/10
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSE ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 17 de Enero de 2012
AÑOS: 201° Y 152°
Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal observa: PRIMERO: en virtud de la entrada en vigencia del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4 de la mencionada Ley, en la que no se podrá procederse a la ejecución de desalojos forzosos o a la desocupación de viviendas mediante coacción o constreñimiento contra los sujetos objeto de protección indicados en este Decreto Ley, sin el cumplimiento previo de los procedimientos especiales establecidos, para tales efectos. SEGUNDO: y en resguardo de los derechos de las personas afectadas con la Entrega de Inmueble objeto del Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (Asunto Nº KP02-V-2009-2567), de la nomenclatura de ese Tribunal, En consecuencia este Tribunal Ejecutor de Medidas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda devolver la presente Comisión en el estado en que se encuentra, a los fines legales consiguiente. Désele salida, anótese en los Libros respectivos, provéanse las copias debidamente certificadas y remítase mediante Oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL;
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN, EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto que antecede mediante Oficio Nº 12/2012, constante de Diez (10) folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GARM/vapa
COM. Nº 691/10