ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2010-000617
ASUNTO : UP01-P-2010-000617


AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal en fecha 06-05-2010 condenó a los ciudadanos ROBERTO ANTONIO RODRÍGUEZ GUÉDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.241.616, nacido en fecha 03/11/1988, de profesión u oficio indefinida, residenciado en el Sector Los sin Techos, Última Calle, Casa s/n, Sabana de Parra, Estado Yaracuy; DOMINGO ENRIQUE SANDOVAL MUÑOZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.319.692, nacido en fecha 18/08/1991, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en el Sector Los sin Techos, Última Calle, Casa s/n, de Color Blanca, Sabana de Parra, Estado Yaracuy y MIGUEL ANTONIO CALANCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº Indefinido, nacido en fecha 01/05/1983, soltero, obrero, residenciado en el Sector Los sin Techos, Última Calle, Casa N° 183, Sabana de Parra, Estado Yaracuy, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, se procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado fueron detenidos en fecha 08-03-2010 hasta la presente fecha, por lo que se infiere que llevan detenidos SEIS MESES Y DOS (2) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta CUATRO (04) AÑO, CINCO (5) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, la cual vence el 16-03-2015 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, Así mismo se les notifico a los mencionados penados que podrán solicitar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a partir de la presente fecha. Vista la solicitud de la defensa se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que realice el correspondiente informe Psícosocial a los penados. Remítase copia certificada del presente auto al Director del Internado Judicial de esta Ciudad. Se le solicito a los penados que consignen oferta de trabajo. Cúmplase.-

La Jueza de Ejecución N° 01
Abg. Esmeralda López Guzmán

La Secretaria
Abg. Ana Daniela Silva