REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA CONCILIATORIA ESPECIAL
ASUNTO Nº UP11-L-2008-000587
En el día de hoy, Viernes ocho (08) de Abril del año Dos mil once (2011), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia conciliatoria especial previamente programada por las partes y el Tribunal en la presente causa que por Cobro de Prestaciones Sociales, ha sido incoada por el ciudadano JOSE VALDERRAMA, CONTRA ESTACION DE SERVICIOS CAMPO ELIAS, C.A. Al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran presentes la apoderada actora LILIAN ESCALONA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 63.278. Asimismo se encuentra presente el profesional del derecho LUIS DOMINGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 20.918, en representación de la parte demandada, incompareciendo así el ciudadano Juan Fernández, plenamente identificado en autos, en su carácter de representante legal de la entidad mercantil ESTACIÓN DE SERVICIOS CAMPO ELÍAS COMPAÑÍA ANÓNIMA. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCIA, la secretaria GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ.
Seguidamente ambas partes expusieron e informaron al Tribunal que no existe punto de encuentro posible que permita lograr la conciliación entre ambas partes, dado que el ciudadano Juan Fernández, formuló un planteamiento a la apoderada actora que ésta considera no viable ni ajustado a las aspiraciones de su representado, por lo que aquél procedió a darle la indicación al apoderado de la parte demandada, de continuar con la causa. Por tal motivo, ambas partes solicitan al Tribunal se proceda a fijar la respectiva audiencia oral y pública de juicio.
En tal virtud este Tribunal basado en las posiciones de ambas partes y su solicitud, se declara terminado el proceso de conciliación, y se fija el día MIERCOLES 01 DE JUNIO DE 2011 A LAS 9.00AM, para que tenga lugar la audiencia oral y pública de juicio. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. En la ciudad de san Felipe, a los 08 días del mes de Abril del año 2011.-
EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
ABG. LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCIA
POR LA PARTE ACTORA
ABG. LILIAN ESCALONA
POR LA PARTE DEMANDADA
ABG. LUIS DOMINGUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ
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