REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000136
Años: 201º y 152º

En el día de hoy, Miércoles Veintisiete (27) de abril del año Dos mil Once, siendo las dos de la tarde (2:00 P.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la lectura del dispositivo del fallo correspondiente a la audiencia oral y pública celebrada con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano ARNOLDO RAMÓN GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.501.665 contra la empresa SERVICIOS y CONSTRUCCIONES MILA, C.A”. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandante a través del ciudadano: ARNOLDO RAMÓN GUTIERREZ, asistido por el profesional del derecho EDGAR TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.603; de igual manera se deja constancia de la comparecencia a ésta audiencia de la parte demandada a través de la profesional del derecho: SORAYA COROMOTO LUCAMBIO FAJARDO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 17.559. Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la Secretaria MIRBELIS ALMEA ALVAREZ y el Técnico Audiovisual / Alguacil JOSE GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia. Seguidamente, el ciudadano Juez procede a dar lectura al dispositivo el cual es del siguiente tenor: PRIMERO: “PARCIALMENTE CON LUGAR” la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano ARNOLDO RAMÓN GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.501.665 contra la empresa SERVICIOS y CONSTRUCCIONES MILA, C.A” .SEGUNDO: Se condena a la empresa SERVICIOS y CONSTRUCCIONES MILA, C.A, cancelar al actor, las cantidades y conceptos que se indicarán en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas a la parte demandada, por no haber vencimiento total. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. Finalizado el acto, se retira el ciudadano Juez, en la ciudad de San Felipe, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil once (2011).


EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO

ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO

Por la parte actora: Por la parte demandada:

ARNOLDO RAMÓN GUTIERREZ


Abg. EDGAR TORREALBA Abg. SORAYA C. LUCAMBIO F.

LA SECRETARIA,

ABG. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ


El Técnico Audiovisual/
Alguacil

JOSE GONZALEZ

CMFG/MAA
+DIOS y FEDERACIÓN+
UP11-L-2010-000136
PIEZA Nº 01