REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y PROTECCIÓN DEL NIÑO DEL ADOLESCENTE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 10 de Agosto 2011.-
Años: 201° y 152°.-
Revisadas las actas procesales del presente expediente y por cuanto se evidencia que se encuentra la misma en estado de dictar sentencia, este Juzgado Superior del Estado Yaracuy, acuerda suspender la decisión todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Código de Procedimiento Civil, ya que falta un dato indispensable para poder sentenciar en consecuencia se acuerda notificar a la Cooperativa San Onofre en Portuguesa 734 R.L y/o a sus apoderados Judiciales, Abogados Armando José Andueza Villasana y Yenavi Colina, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros; 117.673 y 161.416, a los a los fines de que acredite la veracidad de la dirección de la Empresa Agropecuaria Krisma C.A, ubicada en la entrada Filos de Urachiche, Sector el Guarabao, en el Diamante, cerca de Agropecuaria Guarabao a 300 mts de la sra Rosario, a los efectos de que consigne con carácter de urgencia prueba fehaciente y escrita de la veracidad de dicha dirección, dentro de los tres (03) días de despacho siguiente a que conste en autos su notificación y una vez que conste en autos la misma, se decidirá el presente conflicto de competencia. Líbrese boleta.
El Juez Superior,
Abg. Eduardo J. Chirinos.
La Secretaria,
Abg. Linette Vetri Meleán.
En la misma se cumplió con lo ordenado y se libro boleta.
La Secretaria,
Abg. Linette Vetri Meleán.
Exp. N° 5923.