REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 10 de Agosto de 2011
Años: 201° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas: DIANA CAROLINA SUAREZ ORDEÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.813.195 domiciliada en la calle 11 del Sector Daniel Carias de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy Y OMAIRA ROSA FIGUEROA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.370.851 con domicilio en la calle 11 del Sector Daniel Carias de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano GUADALUPE PUERTAS , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-4.126.397 y de éste domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un lote de Terreno Municipal, que mide DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (292,32 mts2), ubicado en la vereda 1 entre calles 11 y 13 de la Comunidad de Daniel de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa construida con paredes de bloque , techo de Zinc, piso de cemento pulido, distribuido en Dos Habitaciones con puertas y ventanas de laminas de hierro, un corredor, una sala con ventanas de de lamina de hierro, una cocina y un baño, y además un sembradío de árboles frutales tales como: Una mata de mango, dos matas de aguacate y dos matas de cambur, con cerca perimetral a seis pelos de alambres de púas y estantillos de madera viva y muerta con sus servicios de aguas blancas y de electricidad; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vereda 1 su frente en 11.00 M; SUR: Oleoducto en 11.40 M; ESTE: Casa que es o fue de Julia Durant en 26.10 M; OESTE: Casa que es o fue de Alexis Oliveros en 26.10 M; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-01-U01-106-50-09 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 07 de Junio del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No.1543/2011.-
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. Erlen Martínez

BA/EM/klency.-