REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 09 de Agosto de 2011
Años: 201° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YENMIL SHOXELI TORRES SUAREZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.997.845 domiciliado en la calle principal de la Villa Santa Cruz de la Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy Y ODDANI JAVIER MELENDEZ HEREDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.367.775 con domicilio en San Ramón Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano: CARMEN ELISA AGATON PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-21.046.229 y de éste domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375,00 m2), ubicado en la Avenida Santa Cruz, entre callejón 1 y calle 8 de enero, sector Santa Cruz, la Villa Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de un rancho construido con paredes de barro, techo de acerolit y piso de cemento pulido el cual se encuentra distribuido de la siguiente manera: Una pieza, con una puerta de entrada de madera y dos ventanas de madera, además existe un sembradío de árboles frutales, tales como: Cuatro matas de cambur, totalmente cercada con alambres de púas a 4 pelos de alambres y estantillos de madera viva y muerta con sus servicios de electricidad y aguas blancas; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida Principal en 15.00 M; SUR: Avenida Santa Cruz su Frente en 15.00 M; ESTE: Casa que es o fue de Marisol Virguez en 25.00 M; OESTE: Casa que es o fue de María Escalona en 25.00 M; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento N° 22-03-02-AR-114-11-04 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 15 de Junio del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1490/2011.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez
EBA/EM/klency.-