REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSÉ ANTONIO PÁEZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 12 de Diciembre de 2011
Años: 201° y 152°
Exp. Nº 1363-2011.-
Titulo Supletorio
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: ANA MARYELA RAMIREZ SUAREZ, representante legal del Fondo de Comercio INVERSIONES COFANAD RAMIREZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanas YRMAR YURUBI DUQUE y NIBI NEISI DESIREE AGUIRRE PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.551.127 y V-15.721.399 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de: FONDO DE COMERCIO INVERSIONES COFANAD RAMIREZ, sobre unas mejoras y bienhechurías construida sobre una parcela de terreno propiedad de la Municipalidad, ubicado en la Carrera 04 entre Calles 08 y 09, Barrio El Silencio de Sabana de Parra del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy; cuyos linderos actualizados por la Dirección de Catastro y Tierra, son los siguientes: NORTE: Con la Carrera cuatro con una longitud de 5,06 mts; SUR: Con parcela de la Señora Rosalía Franco de Suárez con una longitud de 5,02 mts; ESTE: Parcela y casa de la Señora Rosalía Franco de Suárez con una longitud de 12,65 mts; y OESTE: Parcela y casa de la Señora Matilde Ovispo con una longitud de 12,65 mts; las referidas bienhechurías consisten en un local comercial con paredes de bloques de acabado bueno, techo de placa (platabanda), piso de granito, puertas y ventanas de hierro debidamente frisadas; distribuida de la siguiente manera, una (1) oficina, un (1) baño, un (1) depósito; instalaciones sanitarias, los sistemas de aguas negras y aguas blancas empotradas y en buenas condiciones de funcionamiento. Cloacas incorporadas a la red del sistema de cloacas Municipal; instalación eléctrica empotradas y en buenas condiciones de funcionamiento. Cuenta con un área aproximada de construcción de SESENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (61,37 MTS2), Devuélvase original a la interesada a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Provisorio,
Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de Nueve (09) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.