Exp 2897/11
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 05 de Diciembre de 2011.
Año 201º y 152º.

Por cuanto en la presente causa en la cual la ciudadana: GUALBERTO ARRIECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 10.373.538, consignó pago del Canon de Arrendamiento de un inmueble ubicado en la Zona Industrial, Sector Las Canarias de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyo canon es de SEIS MIL BOLIVARES ( Bs. 6.000,00) mensuales, pago que se ha hecho efectivo por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), para cada uno de los propietarios, consignación que fue notificada a la ciudadana: JOSEFINA MARGARITA GUIA AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nº: 5.220.634, quien se presentó ante este Juzgado y solicitó le fueran entregadas las cantidades de dinero depositadas a su nombre, el Tribunal procedió y en consecuencia ordenó la entrega del dinero solicitado, con lo cual la causa produjo el resultado perseguido por la solicitante, quedando la causa terminada. Este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Terminada la presente causa y ordena el archivo del presente expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua a los Seis (06) días del mes de Diciembre del año 2011. Año 201º y 152º.
El Juez


Abg. Octavio Méndez Mújica.

La Secretaria


Abg. Cándida Lucena Perdigón

En la misma fecha y siendo las 09:10 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria


Abg. Cándida Lucena Perdigón