REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 5 de Diciembre de 2011
AÑOS: 201º y 152º

ASUNTO: UP11-V-2010-000509.

Vista la anterior demanda por declinatoria de Competencia del Circuito Judicial de Protección, de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, relacionada con la Medida de Protección en entidad de Atención mediante la cual remitan las actuaciones que involucran al joven adulto especial ADRIAN PEREIRA, de veinte (20) años de edad, quien fue trasladado a la Casa Hogar Madre Teresa de Calcuta ubicada en el Municipio cocorote de este estado Yaracuy, por cuanto se le puede brindar en esta una atención integral de acuerdo a su edad y necesidades, y visto que se han cumplido con lo establecido en la Ley, se debe acordar la colocación familiar en ENTIDAD DE ATENCION EN LA CASA HOGAR MADRE TERESA DE CALCUTA en beneficio al joven adulto especial ADRIAN PEREIRA, de veinte (20) años de edad, quien aun siendo mayor de edad, esta amparado por la Ley según se desprende del articulo 29 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas, y Adolescentes, y por cuanto quien juzga considera necesario e indispensable y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, principio de interpretación y aplicación de esta ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, principio dirigido a asegurar el desarrollo integral así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, en consecuencia de conformidad con el artículo 126, literal “i”, 128 y 129 eisudem, en concordancia con el articulo 396 y 466 literal “e” de la precitada ley este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL EN ENTIDAD DE ATENCION CASA HOGAR MADRE TERESA DE CALCUTA, ubicada en el Municipio cocorote de este estado Yaracuy, del joven adulto especial ADRIAN PEREIRA, de veinte (20) años de edad, quienes deberán ejercer la custodia de joven adulto especial antes identificado, y quienes lo tendrá bajo su cuidado y responsabilidad, así mismo deberán darle todas las atenciones necesarias para garantizar su integridad física hasta que este Tribunal determine otra modalidad de protección. Se ordena oficiar a la Casa Hogar Madre Teresa de Calcuta en la dirección antes indicada a los fines de que conozcan sobre la presente decisión.
Publíquese y regístrese, Déjese copia certificada,

Dada, firmada y sellada, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los cinco (5) días del mes de Diciembre de 2011.

La Jueza,


Abg. Anilec Silva Camacaro

La Secretaria


Abg. Noren Carvajal

En la misma fecha se público y registro la decisión, siendo las 4:21 p.m.

La Secretaria


Abg. Noren Carvajal


ASUNTO. UP11-V-2010-000509