JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 17 de Enero de 2011
Años: 200° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: FELIPE RAMON PAREDES CAÑIZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.466.945, domiciliado en el Callejón Campo Elías del Sector Pozo Nuevo de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUVENAL GRANDA CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.569.879, con domicilio en la Avenida 11 del Sector Pozo Nuevo de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana BETZAIDA MARITZA YECERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.456.017 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno propiedad del Municipio, una casa que mide NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (949,73 Mtrs 2), ubicada en el la avenida 12 con calle 12 de la Comunidad de Pozo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de: Once Habitaciones, cuatro cocinas, lavanderos, seis baños, cuatro salas, cuatro comedores, dos salas de estar, dos garajes, con paredes de bloques y columnas de carga, piso de cemento pulido y cerámica, techo de platabanda, acerolit y asbesto con estructura metálica; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con la avenida 12 que es su frente, en una longitud de( 25.60-0.30-8.20 m); SUR: Con Casa y solar que es o fue de Libardo Rondón y Laura López, en una longitud de (0.20-1.80-13.50-0.55-20.20 m); ESTE: Con calle 12, en una longitud de(9.55-0.60-6.60-0.75-11.14 m); OESTE: Con Casa y solar que es o fue de Jorge Rivas, en una longitud de (27.80 m);. Según se evidencia del Certificado de empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 06 de Diciembre del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1215/2010.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/EM/klency.-