JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 18 de Enero del 2011
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RAFAEL RAMON COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.967.633, domiciliado en el Sector Peguaima de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ANGEL RAMON ROMERO YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.504.532, con domicilio en el Sector Peguaima de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano LUIS ANTONIO ARROYO ARROYO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 7.554.886 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un lote de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide OCHO MIL OCHOCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (8.814,32 Mts2) ubicado en el Asentamiento Campesino Chuponal de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de Una casa de habitación construida con paredes de bloques, piso de cemento pulido, techo de acerolit, un porche, tres habitaciones, dos puertas de metal, una sala, una cocina, un comedor, seis ventanas de metal con sus respectivos protectores de metal, un baño con sus respectivos servicios de electricidad, aguas blancas y con un área perimetral de estantillos de madera con alambres de púa en todas sus áreas; cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: Vía Agrícola que conduce al caserío el Ceibal y vía interna que conduce a Chuponal; SUR: Casa y solar que es o fue de José Avendaño Colmenarez y terrenos que son o fueron de Víctor Pérez; ESTE: Quebrada Canapé; OESTE: Vía Agrícola que conduce al sector Santa Lucía y cuyos linderos particulares son: NORTE: Vía Agrícola que conduce al caserío el Ceibal; SUR: Casa y solar que es o fue de José Avendaño Colmenarez; ESTE: Quebrada Canapé; OESTE: Vía de penetración interna, Según se evidencia de la Constancia de Ocupación emitida del Consejo Comunal Agrícola Chuponal de fecha 09 de Diciembre de 2010. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1210/2010.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/EM/klency.-
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