República Bolivariana de Venezuela

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

San Felipe, Diecisiete (17) de Enero de 2011
Años: 200º y 151º


Asunto: UH12-X-2004-000003.-

Revisadas las actas procesales que integran el presente asunto, éste Tribunal Observa que ha trascurrido más de un (01) año sin que las partes hayan dado impulso procesal a la presente causa, en tal sentido, este tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estima que se ha consumado la perención de la instancia, razón por la cual, en virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, en consecuencia, se acuerda DAR POR TERMINADO el asunto y su remisión al Archivo Judicial para su guarda y custodia, una vez que quede firme ésta sentencia.

Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los Diecisiete (17) día del mes de Enero de 2011. Años 200° y 151°.-
El Juez;
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
La Secretaria;
Abg. GRECIA VERASTEGUI