REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000130
En el día de hoy, miércoles diecinueve (19) de Enero del año dos mil once (2011), siendo las diez (10:00 A.M.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DEBITOS LABORALES, incoada por el ciudadano ROSALBO RAMON OCHOA BRICEÑO: CONTRA: la EMPRESA “CONSTRUCTORA J & D, C.A” ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentran los apoderados judiciales de la parte demandante Abogado en ejercicio EDGAR ALEXIS TORREALBA DAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.508.052 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 45.603; y en representación de la demandada de autos se encuentra el profesional del derecho JOSÉ LUIS OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N. 11.271.747 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N. 95.594. Así mismo se deja constancia que en la sala de atención al público DE este Circuito Judicial, se encuentran los ciudadanos Argenis Raúl Ortega Rodríguez, Cristóbal Arteaga y Tito Ramón Giménez Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad nros. 11.273.547, 12.282.161, 15.389.216, en su orden, quienes fueron promovidos como testigo por la parte actora.------------
Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, el Alguacil ISRAEL SCHWARZ y la secretaria ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ.------------------------- El juez instó a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, existiendo imposibilidad de la conciliación, tal como se desprendió de la manifestación de la representación judicial de ambas partes.---------------------------------------------------------
Tomó la palabra la parte demandante a través del Abogado EDGAR TORREALBA, antes identificado, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho, en los que fundamenta su pretensión.---------------------
Posteriormente, tomó la palabra la parte demandada a través del Abogado, JOSÉ LUIS OJEDA ya identificado, quien expuso sus argumentos de hechos y de derecho en los que apoya su defensa.------------------
Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarréplica respectivamente.-------------------------------------------------
Acto seguido se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso:--------------------------------------------------------
PARTE DEMANDANTE: --------------------------------------------
Prueba de Exhibición:---------------------------------------------
 Registro de Vacaciones: La representación judicial de la parte demandada lo exhibió.---------------------------------------
 Registro de Horas Extraordinarias: La representación judicial de la parte demandada lo exhibió.----------------------------------
 Recibos de pagos: La representación judicial de la parte demandada señala que respecto a esta prueba exhibe un libro que denomina libro diario, en el cual se reflejaban a final de mes los pagos realizados, y que por ser una empresa pequeña no hacían recibos.
La representación judicial de la parte demandante realizó observaciones, desconoce los asientos de los libros, alegando que fueron elaborados recientemente.--------------------------------
La representación judicial de la parte demandada insistió en el valor probatorio de los libros exhibidos.-------------------------------
Prueba testimonial: ---------------------------------------------
• Argenis Raúl Ortega Rodríguez, Cristóbal Arteaga, Tito Ramón Giménez Sánchez, a quienes se les leyó las generales de Ley; y fueron juramentados por el ciudadano Juez en su orden, y posteriormente fueron interrogados por ambas partes, respectivamente.--------------------------------------------
• Se deja constancia que los ciudadanos Mairo José Zabala Parra, Carlos Alberto Pérez, identificados en autos, no comparecieron a esta audiencia, a dar declaración alguna------------------------
Prueba de informes:---------------------------------------------
• Instituto Venezolano de los Seguros Sociales: (f.102) La representación judicial de la parte demandada no realizó observaciones.---------------------------------------------
PARTE DEMANDADA.----------------------------------------------
Pruebas Documentales:-------------------------------------------
 Planillas de liquidación marcadas A, A1, A2 y A3: (f.67-70) La representación judicial de la parte demandante no hizo observación, y las reconoce como adelanto.---------------------------------
 Acta de inicio y de finalización de la obra marcadas C y D: (f.71-72) La representación judicial de la parte demandante las desconoce por no tener relevancia.-----------------------------------------
La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio-----------------------------------------------------
Pruebas de Informe:----------------------------------------------
 Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo: no constan en autos las resultas.---------------------------------------------------
 Entidad Bancaria Banesco: (f.118-120) La representación judicial de la parte demandante las reconoce como adelanto lo allí reflejado.---
El ciudadano juez preguntó al actor si fue hecho efectivo dicho cheque, y dicho ciudadano respondió que si lo cobró.----------------------
De seguidas, el ciudadano Juez, en uso de sus facultades interrogó al ciudadano ROSALBO RAMON OCHOA BRICEÑO, parte actora en este juicio.-
Ambas partes realizaron conclusiones.-------------------------------
Posteriormente finalizada la evacuación de las pruebas promovidas por ambas partes, el ciudadano juez de conformidad con el artículo 158 se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo.--------
Seguidamente, de regreso a la Sala de Audiencia, el Tribunal se reservó el lapso establecido en el artículo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia acuerda diferir la oportunidad para dictar la sentencia, por un lapso de cinco (5) días hábiles siguiente contados a partir de la presente fecha exclusive, el cual se fijará por auto separado. Se realiza en este acto, la devolución de los libros exhibidos por la representación judicial de la demandada de autos, dejándose copia fotostática de la portada de los mismos, la cual se ordena agregar a los autos seguidos de esta acta.---------------------------------------
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-
El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio;

Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
Por la Demandante:

ROSALBO RAMON OCHOA BRICEÑO

Abg. EDGAR ALEXIS TORREALBA DAZA
Testigos:
ARGENIS RAÚL ORTEGA RODRÍGUEZ

CRISTÓBAL ARTEAGA

TITO RAMÓN GIMÉNEZ SÁNCHEZ, Por la Parte demandada

Abg. JOSÉ LUIS OJEDA
La Secretaria;

Abg. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ El Alguacil;

ISRAEL SCHWARZ
CMFG/veragrek*
PIEZA N° UNO (01)