REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 11 de Febrero del 2011
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: FELIX RAMON RISQUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.289.410, domiciliado en la Avenida 3 entre Calles 18 y 19 del sector Peguaima de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MAYRA ALEJANDRA ZALAZAR COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.482.445, con domicilio en la avenida 3 entre calles 16 y 17 del Sector Guatanquire de la Ciudad de Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano JOSE RAFAEL REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.138.539, de éste domicilio quien se encuentra asistido por el Apoderado Judicial Abogado ROBERTO ELIAS CHIRINOS SANCHEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 54.660 respectivamente, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en una parcela de Terreno propiedad del Central Matilde, que mide CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150,00 m2), ubicadas en el Sector de Sorte al pie de la montaña, antes de atravesar el río Yaracuy de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistentes de una Bienhechuria la cual tiene un área de construcción de NOVENTA METROS CUADRADOS (90 m2); con las siguientes características: Ocho Habitaciones, un baño, una cocina, un comedor, un porche, paredes de bloques frisados, piso de cemento, techo de acerolit, patio cercado con tela metálica, estantillos de hierro, empotrada a pozos sépticos y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Bienhechurias que son o fueron del señor Eladio Traviezo; SUR: Bienhechurias que son de José Rafael Reyes; ESTE: Conuco que cultiva o cultivó el señor Eladio Traviezo; OESTE: Entrada principal al Río Yaracuy que es su frente. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada o su Apoderado Judicial y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1247/2011.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/EM/klency.-