REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 26 de Julio del 2011
Años: 201° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GREGORIA NATHALY HEREDIA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.047.686 domiciliada en la Calle principal de Brisas del Sur de la Ciudad de Chivacoa del Estado Yaracuy y BEATRIZ COROMOTO MACHADO YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.798.575 y domiciliada en la Calle 5, Brisas del Sur de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano KEILA TIBISAY CARPAVIRE venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 8.295.893 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad del I.N.T.I, ubicado en la Calle 5 entre Calle de Servicio y Terreno Agrícola Sector Brisas del Sur, de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 355,50 Mts2 y un Área de Construcción de 75,99 Mts2 una (1) casa con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento pulido, un (1) porche, dos (2) habitaciones y una (1) en construcción, dos (2) dentro de la casa, y una (1) en el patio una (1) cocina, una (1) sala, y un (1) comedor, con (1) puerta de entrada en el protector, de hierro al igual que a la puerta trasera o de fondo, árboles frutales tales como: un (1) mata de aguacate, dos (2) matas, de coco, y siete (7) matas de cambur, totalmente cercada en alambre de púas a 4 pelos con estantillos de madera viva y muerta con servicios de agua blancas y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Solar y Casa que es o fue de Maria Romero en 22,50 ml; SUR: Solar y Casa que es o fue de Maria Carpavire en 17,00 ml; ESTE: Calle 5 ( su frente) en 18,00 ml OESTE: Solar y Casa que es o fue de Maria Romero y Gregorio Ascanio en 18,00 ml; según se evidencia en el Levantamiento Planimetrico, N° DC-Ar-Lp (38-Sin N° Catastral)- 38-2010 según se evidencia emitida por la Dirección de Catastro en fecha 01 de Febrero del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1524/2011.-





El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.