República Bolivariana De Venezuela




Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy
Años: 201° y 152°
EXPEDIENTE: 1905/11
SOLICITANTE: YOHANNY ZULAY MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, Asistida por la Abg. JUDITH YEPEZ GONZALEZ, Inpreabogado No. 35.185.

MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Se inicia el presente procedimiento mediante solicitud suscrita y presentada por la ciudadana: YOHANNY ZULAY MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, domiciliada en el Sector Santa Eduvigis, calle Los Apamates con Avenida Eduardo Lapi, Sabanita IV de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, asistida por la Abg. JUDITH YEPEZ GONZALEZ, Inpreabogado No. 35.185. En la misma solicitó su INSERCION DEL ACTA DE SU NACIMIENTO; alegando que nació en fecha 30 de Mayo de 1980, en el Hospital Tipo I “Dr. Rafael Rangel” de la ciudad de Yaritagua del Municipio Peña del Estado Yaracuy; siendo su madre: RUFINA MARTINEZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros: 4.481.983, y que la misma no fue inserta en los libros de Registro Civil para Nacimientos correspondientes al año 1980.
A los fines de probar sus alegatos la solicitante consignó los siguientes recaudos: certificado de nacimiento, constancia de Certificación de la búsqueda minuciosa en los libros de registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Dirección de Registro Civil del Municipio Peña del Estado Yaracuy, donde se constató que no fue inserta la partida de nacimiento de la solicitante, en los años 1980 al 1985.
Admitida la solicitud en fecha 20 de Mayo de 2011, ordenó el emplaza¬miento por Edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el Acto de Oposición a la solicitud. De igual forma, se ordenó la notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circuns¬cripción Judicial, el cual fue consignado por el Alguacil en fecha 06 de Junio de 2011.
En fecha 31 de Mayo de 2011, la solicitante asistida de abogado estampó diligencia, donde consignó Edicto publicado en el diario “El Nacional”, cursante a los folios 08 y 09; el cual fue desglosado y agregado a sus autos dicho Edicto por este Tribunal en esa misma fecha.
En fecha 15 de Junio de 2011, el Tribunal dictó auto acordando abrir la pre¬sente solicitud a pruebas de conformidad con el Artículo 771 del Código de Proce¬dimiento Civil.
En fecha 21 de Junio de 2011, la solicitante consigno asistida de Abogado escrito de Promoción de Pruebas, que riela al folio 12.
En fecha 27 de Junio de 2011, se admitieron las pruebas promovidas y se fijó la oportunidad para oír los testigos promovidos, que riela al folio 13.
En fecha 30 de Junio de 2011, se oyeron los testigos promovidos y fijados en la oportunidad legal establecida.
II
LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR EN LA PRESENTE CAUSA, EL TRIBUNAL PASA A HACERLO EN LA FORMA SIGUIENTE:
El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 458 del Código Civil, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios del 02 al 05, la cual concatenada con los hechos alegados en la solicitud, son suficientes a juicio de este Juzgador para la declaratoria CON LUGAR de la pre¬sente solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y así se decide. Igualmente en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en la presente solicitud.

III
DECISION
Por las razones antes expuestas este Tribunal del Municipio Peña de la Cir¬cunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: YOHANNY ZULAY MARTINEZ. Y DECRETA LA INSERCIÓN DE LA MISMA en los Libros de Nacimientos, llevados por ante la Dirección de Registro Civil del Municipio Peña del Estado Yaracuy, de¬jando constancia que la ciudadana: YOHANNY ZULAY MARTINEZ, nació en fecha 30 de Mayo 1980, en el Hospital Tipo I Dr. Rafael Rangel de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy; siendo su madre: RUFINA MARTINEZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros: 4.481.983. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En Yaritagua, a los Siete (07) días del mes de Julio de 2011. Años: 201° y 152°
El Juez

Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria,


Abg. Cándida Lucena Perdigón
En esta misma fecha y siendo las 10:50 am. se publicó, registró la anterior decisión.
La Secretaria

Abg. Cándida Lucena Perdigón
Exp. No. 1905/11