REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 14 de Junio del 2011
Años: 201° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: HECTOR JOSE DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.724.772 domiciliada en la Calle 12, esquina de la Avenida 4, Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y HECTOR JOSE PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.501.325 y domiciliado en la Calle 13 entre Avenidas 3 y 4 Barrio Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LUIS EDUARDO DE LAS ROSAS ESCALONA y BETTY OMAIRA BOLIVAR PEDRA venezolanos, mayores de edad, titular de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.126.750 y 4.566.438 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Calle 10, esquina Avenida 3, Comunidad Guatanquire de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno 180,40 Mts y un área de construcción de 542,78 Mts2 con las siguientes características: un (1) casa de dos (2) pisos: Planta Baja: Techo de platabanda, con paredes de bloque frisadas, piso de cemento, dos (2) cuartos, una (1) sala comedor, una (1) cocina, dos (2) baños, un garaje, un (1) porche, Primer piso: techo de platabanda, con paredes de bloques frisada, piso de cerámica, un (1) baño, una (1) sala-comedor, cinco (5) cuartos, dos (2) cocinas, Segundo Piso: paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc y consta de un solo salón y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Luís de las Rosas, en 13,00 ml; SUR: Avenida 3 en 12,00ml; ESTE: Calle 10 (su frente) en 12,30 ml y OESTE: Casa y Solar que es o fue de Luís Vitanza en 13,50 ml, según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento Nº DC-Au-CE (21-104)-437-2010, de fecha 09 de Junio del año 2010 Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1409/2011.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.