REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 10 de Marzo del 2011
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RAIZA DEL CARMEN TORREALBA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.253.871 y ANTONIA RAMONA YUSTY ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.585.497 ambas domiciliadas en la Urbanización 19 de Abril de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YAQUELINE DEL CARMEN BURGOS SUAREZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 11.596.938 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Calle 2 con Avenida 4 y Vía de Servicio Comunidad 19 de Abril de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 209, 22 Mts2 y un área Total de Construcción de 47, 68 Mts2, una (1) casa con paredes de bloque rustico, techo de zinc, piso de cemento rustico, distribuida de la siguiente manera: dos (2) habitaciones, una (1) cocina con ventana de protector de hierro, un (1) baño con ventana de protector hierro, una (1) sala con ventana de protector de hierro con sus respectivas puertas de entrada, construida con laminas de hierro y la puerta de fondo construida con protector de hierro ambas en forma de arco, además existe en construcción tres (3) piezas con fundaciones para platabanda, cercada al frente con paredes de estantillos de madera muerta y alambre de púas y un aproximado de 2 metros con bloque de cemento rustico, al fondo cercado con paredes de bloque y la laterales cercado con 2 metros de largo por 2 metros de alto con paredes de bloque rustico el resto con estantillos de madera muerta y cuatro (4) pelos de alambres de púas, con servicios de aguas blancas y electricidad y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de Zenaida Rodríguez en 7,86 ml; SUR: Casa de Atanacia Tovar en 12,00 ml; ESTE: Calle 2 ( su frente) en 8,60/12,40 ml OESTE: Casa de Milexa de Graterol en 19,65 ml; según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento, CODIGO CATASTRAL N° 22 03 01 R01 112 01 34, emitido por la Dirección de Catastro Municipal en fecha 26 de Enero del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1251/2011.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



jt.