REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 29 de Marzo de 2011
Años: 200° y 151°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MIRELY DEIMARY ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.993.899 con domicilio en el Sector El Milagro del Caserío Los Colorados Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JORGE OCTAVIO LOPEZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.888.618 domiciliado en el Sector El Milagro del Caserío Los Colorados Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana BEATRIZ AURIMAR CHAVEZ JUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.709.852 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó, en un lote de Terreno Privado propiedad de la Sucesión Garcés, que mide TRESCIENTOS METROS CUADRADOS ( 300 Mtrs2), ubicado en la 1era Calle, sector El Milagro del caserío Los Colorados Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente en un Terreno con cerca perimetral de alambres de púa a 4 pelos de alambre y estantillos de madera viva y muerta, así como también un sembradío de árboles frutales, tales como: Dos matas de mango, Tres matas de Naranja, Tres matas de Cambur y una mata de aguacate; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno de Oneida Escalona en una longitud de 15.00 ml; SUR: 1era Calle que es su frente, en una longitud de 15.00 ml ; ESTE: Terreno de Islette Iturrez , en una longitud de 20.00 ml; OESTE: Terreno de Katiuska Rea, en una longitud de 20.00 ml; Según se evidencia del Levantamiento planimetrico N° DC-Ar-Lp (31-sin N° catastral)-31-2009, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 06 de Abril del año 2009. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1300/2011.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/klency.-