REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 09 de Marzo del 2011
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ROSA ELENA PEREZ PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.252.566 domiciliada en la Calle principal de Cocuaima de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y BETTY DEL CARMEN OVIEDO SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.389.450 y domiciliada en la Calle Nueva, Cocuaima de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos EUVELINE COROMOTO PEREZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.814.598, LEANDRO JOSE VIRGUEZ ESCORCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.483.758, ambos domiciliados en la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno Nacional el cual se encuentra ubicado en la Calle Principal de Cocuaima, entre Calle el Saman, y Callejón sin Nombre, Comunidad Cocuaima de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno comprende una área total de terreno de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON ONCE CENTIMETROS (244, 11 Mts2), el cual consta de la siguiente bienhechuria: un (1) rancho de bahareque, con las siguientes características: techo de zinc, paredes de adobe y guafas, dos (2) puertas de madera, dos(2) ventanas, una (1) sala, un (1) cuarto, una (1) cocina, un (1) baño, cercado totalmente con alambres de púas y estantillos de madera. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa de Ramón Acosta en 23,70 ml; SUR: Casa de Dima Escorche en 23,70 ml; ESTE: Calle Principal (su frente) en 10,30 ml y OESTE: Casa de Marina Gimenez en 10,30 ml, según se evidencia en el Certificado de Empadronamiento, CODIGO CATASTRAL N° 22 03 02 AR2 114 03 06, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 04 de Febrero del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 1292/2011.
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Jt.-.