REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000012
En el día de hoy, Jueves Diecisiete (17) de Marzo del año dos mil once (2011), siendo las diez (10:00 A.M.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, ha sido incoado por el ciudadano FRANCISCO BORGES LEON contra EMPRESA MERCANTIL AGRICOLA HERMANOS GALINDEZ y contra los ciudadano: HEINIS EDUARDO GALINDEZ PARRA y DENNYS EDUARDO GALINDEZ PARRA ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que no se encuentra presente la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, y que solo se encuentra presente la profesional del derecho HILDA MORENO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 133.473, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, el Alguacil ISRAEL SCHWARZ y la secretaria ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ.
El ciudadano Juez en virtud de las razones expuestas y dada la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la acción que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, ha sido incoada por el ciudadano FRANCISCO BORGES LEON contra EMPRESA MERCANTIL AGRICOLA HERMANOS GALINDEZ y contra los ciudadanos HEINIS EDUARDO GALINDEZ PARRA y DENNYS EDUARDO GALINDEZ PARRA ambas partes plenamente identificadas en autos, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 primer aparte de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo SEGUNDO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costa al demandante de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley adjetiva laboral. Se deja constancia que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual.-
El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio;
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
Por la Demandada:
Abg. HILDA MORENO
La Secretaria;
Abg. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ
El Alguacil;
ISRAEL SCHWARZ
CMFG/veragrek*
PIEZA UNO (01)
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