REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 18 de Mayo de 2011
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SUSANA DESIDE TOVAR FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.157.643 con domicilio en la calle principal de Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y WILMER JOSE ACOSTA HEREDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.157.068 domiciliado en la calle principal de Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano: JUBENAL ROJAS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 10.860.846 de domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno propiedad de Instituto Nacional de Tierra (INTI) que mide NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (900 Mtrs2), ubicado en el sector la laguna de la Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa de habitación con las siguientes características: Techo de acerolit tipo miltejas con soportes en tubos de hierro, paredes de bloque frisado, piso de terracota, columnas frontales tipo chaguaramos, un baño con revestimiento en cerámica, dos habitaciones, una cocina-comedor, una sala-recibo, un porche espacio para lavadero, todas las habitaciones con ventanas panorámicas con romanillas para un área de construcción de 144 m2, además posee matas de café y cambur todo cercado con alambres de púas y estantillos de concreto y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Bienhechurias que son o fueron de Maria Emilia Mendoza en 30 ml; SUR: Bienhechurias que son o fueron de Jovita Diaz en 30 ml; ESTE: Bienhechurias que son o fueron de Omar Mendoza en 30 ml; OESTE: Terreno perteneciente a la casa comunal en 30 ml.; Según se evidencia de la Carta de Ocupación emitida por el Consejo Comunal La Neblina, La Laguna La Puente de la Parroquia Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Febrero del año 2011. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1355/2011.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
EBA/EM/klency.-