PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000520

En el día de hoy, Martes diecisiete (17) de mayo del año dos mil once (2.011), siendo las nueve (9:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia oral y pública de juicio en la presente causa que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES ha sido incoada por la ciudadana YOHELYN MADELEYNS ANZOLA FERRER CONTRA del MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, procediéndose a la verificación de la presencia de las partes dejándose constancia que se encuentra presente por la parte actora, el profesional del derecho SEGUNDO RAMIREZ, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO, bajo el Nº 30.758; y por la parte demandada, se encuentran la profesional del derecho ANDREYNA NEGRIN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 148.475. Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCÍA, la secretaria, GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ y el Técnico Audiovisual y Alguacil ISRAEL SCHAWRZ.

El ciudadano juez instó a las partes a hacer uso de los medios alternativos de solución de conflictos con la facilitación del Tribunal, y éstas expusieron que no había posibilidad de llegar a un acuerdo.

Acto seguido, se explicó la metodología del Tribunal en la conducción de la presente audiencia de juicio, concediéndose el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora, quien expuso inicialmente la impugnación que realiza a la representación de la parte demandada en virtud que el poder que hace valer en esta audiencia fue otorgado por el Alcalde sin tener facultad para ello y finalmente los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales basa su pretensión. En este estado el Juez aclaró que permitirá a la parte demandada ejercer su derecho a al defensa en aras de no ocasionarle un perjuicio irreparable, dejando para la sentencia definitiva el estudio y la decisión de dicha impugnación. Posteriormente a la representación judicial de parte demandada, hizo valer el instrumento poder que a tal efecto consigna en este acto en copia simple alegando que sí está visado por el Síndico Procurador del Municipio Independencia y luego expuso que su representada no se niega a pagar las prestaciones sociales a la demandante pero cumpliendo las prerrogativas de Ley.
De seguidas se procedió a la evacuación de las pruebas admitidas en la presente causa.

Parte demandante:
1. Copia certificada de expediente administrativo marcada “A” folios 4 al 54. No hubo observación.-
2. Informe médico, identificado “B” cursante a los folios 55 y 56. No hubo observación.-
3. Copia certificada de expediente sancionatorio señalado “C” que riela a los folios 57 al 73. No hubo observación.-

Se deja expresa constancia que la parte demandada no promovió pruebas.

Finalmente, ambas partes hicieron uso nuevamente del derecho de palabra para exponer sus conclusiones jurídicas y pedimentos.

Acto seguido, y al haber culminado la evacuación de la pruebas, el Juez exhortó nuevamente a la parte demandada a usar los medios alternativos de resolución del conflicto con la facilitación del Tribunal..

Finalmente este Tribunal pasó a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.

De regreso a la sala de audiencia, el ciudadano Juez a los fines de dar cumplimiento al contenido del artículo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se pasa a pronunciar la sentencia oralmente, expresando el dispositivo del fallo con una síntesis precisa y lacónica de los motivos de hecho y de Derecho en que se sustenta.

DECISIÓN

En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana Yohelyn Madeleyns Anzola Ferrer, en contra del Municipio Independencia del estado Yaracuy, representado por el Alcalde Argenis Delfín Alvarado Hernández, identificados ut supra. En consecuencia se condena a la parte demandada, pagar a la ciudadana Yohelyn Madeleyns Anzola Ferrer, los conceptos y cantidades de dinero que se discriminarán en el texto íntegro de la sentencia.

Se ordena agregar a los autos el poder consignado por la profesional del derecho Andreyna Negrin, supra identificada.

Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO


ABG. LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCIA


POR LA DEMANDANTE POR LA DEMANDADA:

Abg. SEGUNDO RAMIREZ Abg. ANDREYNA NEGRIN

LA SECRETARIA,

ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ


EL ALGUACIL;

ISRAEL SCHAWRZ