REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, Treinta (30) de Mayo de Dos Mil Once (2011).

201º y 152º
Visto el oficio G.G.L-C.C.P. Nº 001012, suscrito por el ciudadano Johel Rafahel Vergara Labrador, actuando con el carácter de Gerente General de Litigio de la Procuraduría General de la República, de fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil once (2011), mediante el cual manifiesta que en la presente Demanda interpuesta por el abogado Jorge Luis Socas González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 39.657, actuando con el carácter de apoderado judicial de Hidrológica Venezolana, C.A., (HIDROVEN) contra la sociedad mercantil Seguros Banvalor C.A., y contra la sociedad mercantil Servicios y Construcciones Doña Carmen, C.A., y por cuanto se encuentran involucrados intereses patrimoniales de la República solicita la suspensión del proceso por el lapso de noventa (90) días continuos según lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. En consecuencia este Órgano Judicial procede a suspender la presente causa por un lapso de noventa (90) días continuos, a partir del veintisiete (27) de mayo de dos mil once (2011), fecha en la cual se recibió el aludido oficio, hasta el veinticinco (25) de agosto del mismo año. Notifíquese a la Procuraduría General de la Republica. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R. LA SECRETARIA

Abg. EGLYS FERNANDEZ
Exp. 1457
JVTR/EFT/mgr.-