REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 14 de Noviembre 2.011.
Años: 201° y 151°
Vista y revisada las actas que conforman el presente expediente signado con el Nro. 1695-2010, seguido por la ciudadana: LISETT COROMOTO MENTADO y LUIS MARIO VITANZA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.889.818 y 7.583.921, abogado en ejercicios inscritos en el Inpreabogado Nros. 68.138 y 84.595, contra las ciudadanas: ALEIDA SUAREZ CASTILLO, EUFROSINA SUAREZ CASTILLO, CANDIDA ROSA SUAREZ DE RODRIGUEZ y MARIA RAIMUNDA SUAREZ CASTILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.459.422, V-3.277.061, V-5.459.423 y V-4.478.025 respectivamente, y vista la diligencia de fecha 31 de Marzo de 2011, inserta al folio Noventa y Cinco (95), donde consignan Cheque de Gerencia a nombre de la demandante por cuanto las partes demandadas cancelaron el monto de la deuda objeto de la presente Demanda. En consecuencia este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: Cerrar y archivar el presente expediente por cuanto no hay mas diligencias que practicar y remítase el expediente en su oportunidad al archivo Judicial de esta misma Circunscripción para su conservación y archivo. Déjese constancia en el libro diario.
El Juez,
Abg. Efrain Ballester Acosta
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
Abg.EBA/EM/gc