REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.



Chivacoa, 02 de Noviembre de 2011
Años: 201º y 152º


Visto y revisado como ha sido exhaustivamente la presente causa signada bajo el Nº 1654/2010 por Desalojo, introducida por los ciudadanos FRANCISCO BACILE RICCIARDELLA y MARIA RICCIARDELLA (v) DE BECILE, respectivamente en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL BACILE RICHARDELA y por cuanto este Juzgado observa que en fecha 08 de Julio del año Dos Mil Diez, el Juzgado Superior Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy dictó sentencia de Apelación declarada Sin Lugar, como consta desde el folio 59 al folio 65, y habiéndose dado el estricto cumplimiento expreso en dicho fallo, por no existir otra actuación que practicar en la misma, este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: Cerrar la presente causa. Asimismo archivar el presente expediente, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial del Estado para su Guarda y custodia.

El Juez,



Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA La Secretaria,



Abg. ERLEN MARTINEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede dejando copia debidamente certificada. Conste,

La Secretaria,



Abg. ERLEN MARTINEZ


EBA/klency.-
EXP N° 1654/2010