REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 30 de Noviembre de 2011
Años: 201° y 151°
Vista la Solicitud que encabeza las presentes actuaciones asi como las declaraciones de los testigos presentados por las parte interesada ciudadanas: DAMALIS NAEN QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.551.255, domiciliada en la Calle 15 entre Avenidas 1 y 2 Guatanquire Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy y MARIA MAUDELINA FREITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.913.669, domiciliada en la Avenida 11 entre Calles 13 y 14 Pozo Nuevo de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS, este Juzgado Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: CARMEN AURORA BARCO DE PEROZO, FRAEN ALBERTO PEROZO BARCO, NANCY VIOLETA PEROZO BARCO, ELVIS NOEL PEROZO BARCO, KERMIS JHOMBERT PEROZO BARCO, KEIBIM GREGORIO PEROZO BARCO, LUCAS OVANNY PEROZO BARCO y YONNY ROBERTO PEROZO BARCO (Difunto), venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-828.000, V-4.965.074, V-4.965.075, V-7.592.329, V-11.273.421, V-6.603.394, V-7.505.012, V-7.585.004 respectivamente en su carácter de concubina e hijos del ciudadano: LUCAS EVANGELISTA PEROZO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- V-827.916, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del prenombrado de cujus. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia Certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el N° 1740/2011. Déjese constancia en el Libro Diario.

El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta

La Secretaria

Abg. Erlen Martinez

Abg. EBA/EM/gc