REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2010-000062

En el día de hoy, Lunes Veintiuno (21) de Noviembre del año Dos mil Once (2011), siendo las Diez de la mañana (10:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JORGE DE JESUS TABORDA RAMIREZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PEÑA DE YARITAGUA ESTADO YARITAGUA y SOLIDARIAMENTE AL INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA INFRAESTRUCTURA, HABITAT Y DESARROLLO SOCIAL (IMVIHDES). Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que no se encuentra presente la parte actora, ni la parte demandada, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria NORAYDEE REVEROL y el Alguacil JOSÉ GONZALEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Acto seguido el ciudadano juez, constata que no se encuentra ninguna de las partes al momento de anunciar la audiencia es por lo que de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano JORGE DE JESUS TABORDA RAMIREZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PEÑA DE YARITAGUA ESTADO YARITAGUA y SOLIDARIAMENTE AL INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA INFRAESTRUCTURA, HABITAT Y DESARROLLO SOCIAL (IMVIHDES). SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costa. TERCERO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.

EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO

ABG. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO

LA SECRETARIA,

ABG. NORAYDEE LETICIA REVEROL VEROES

EL ALGUACIL;

JOSÉ GONZALEZ